jueves, 16 de abril de 2009

LOS NEGOCIOS GAYS SE REGULARIZAN POR SEGURIDAD DE SUS CLIENTES

Ecuador, abril 16 de 2009

Los propietarios de varios locales de entretenimiento y ocio de gays en la ciudad de Quito y Guayaquil han obtenido nuevos permisos de funcionamiento en dependencias públicas, lo que les permite trabajar como lugares de “encuentro”, además de ocio, sauna-spa o bares y videos. El objetivo es dar seguridad a clientes y público homosexual, que los frecuenta y evitar los abusos de autoridades de salud y policiales.

En Quito, en sendos operativos “sorpresa”, funcionarios del Ministerio de Salud, así como de la Intendencia de Policía han ingresado a sus locales con cámaras de televisión –especialmente del canal 10 TC– violando la privacidad de los clientes de estos negocios gays, como las saunas de Quito, para en algunos casos, entrevistarlos contra su voluntad e infringiendo su intimidad.

Los empresarios protestaron por este hecho, debido a que según ellos, se generó un malestar en los usuarios de saunas y bares, más que por la presencia de las autoridades de Salud, por la presencia televisiva en el operativo; lo que dejaría entrever una intencionalidad en los mismos y la violación de algunas normas. De igual forma, la actitud policial al entrar a bares y discotecas bajo amenazas de clausura por el solo hecho de ser lugares de ocio gay, al encontrar a parejas en actos de expresión afectiva como besos y caricias.

Estos presuntos actos arbitrarios se reprodujeron también en ciudades como Guayaquil, donde el Municipio local en asocio con el noticiero de Canal Uno, impulsaron la clausura de bares y discotecas gays del Puerto, por ser centros de “libertinaje”. Para su reapertura, el Cabildo impuso un permiso para cada show que quieran hacer las discotecas, trámite que aceptaron para volver a funcionar; es decir, prácticamente están funcionando con estrictas restricciones.

Las organizaciones GLTB del país, como Famivida, Fundación Equidad, Gayecuador.com, Igualdad de Derechos Ya y Quitogay.net advertimos e informamos que existen disposiciones constitucionales que garantizan y otorgan derechos a las personas homosexuales y las empresas orientadas a ese público objetivo, que además de la no discriminación, establecida en el artículo 11, expresan lo siguiente:

Título II, Capítulo sexto, Derechos de libertad, Art. 66 numeral 9:
El derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su sexualidad, y su vida y orientación sexual. El Estado promoverá el acceso a los medios necesarios para que estas decisiones se den en condiciones seguras.
Numeral 11:
El derecho a guardar reserva sobre sus convicciones. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre las mismas. En ningún caso se podrá exigir o utilizar sin autorización del titular o de sus legítimos representantes, la información personal o de terceros sobre (…) datos referentes a su salud y vida sexual, salvo por necesidades de atención médica.
Numeral 15:
El derecho a desarrollar actividades económicas, en forma individual o colectiva, conforme a los principios de solidaridad, responsabilidad social y ambiental.
Numeral 18:
El derecho al honor y al buen nombre. La ley protegerá la imagen y la voz de la persona.
Numeral 20:
El derecho a la intimidad personal y familiar.
Numeral 22:
El derecho a la inviolabilidad de domicilio. No se podrá ingresar en el domicilio de una persona, ni realizar inspecciones o registros sin su autorización o sin orden judicial, salvo delito flagrante, en los casos y forma que establezca la ley (aún no establecida o reglamentada)

En julio de 2007 el Presidente Rafael Correa emitió además el decreto ejecutivo 468, que reforma el artículo 80 Clase III del reglamento de la Ley de Radiodifusión y Televisión, y relacionado a las sanciones administrativas (por parte de los medios) estableciendo lo siguiente:

Reproducir videos y/o grabaciones magnetofónicas clandestinas y/o no autorizadas a grabar por parte del que o los que aparecieren involucrados o intervengan en el video o grabación, de manera que se afecte el derecho a la intimidad y al honor de las personas, consagrados en la Constitución Política de la República.

Si bien el decreto exceptúa a aquellos videos que hayan sido grabados por los medios de comunicación o de las instituciones del sector público, con sus propios equipos, para impedir la comisión de un delito o comprobar la existencia de uno ya existente, por testimonio de los empresarios, se informó que las cámaras de TV impusieron su deseo de filmar y grabar a los clientes en una situación incómoda, mas no la presunta situación ilegal que se quería denunciar, en este caso, las condiciones de salubridad o los espacios que supuestamente no estaban registrados en el permiso ministerial de funcionamiento, y que presuntamente motivó el reportaje periodístico.

Saludamos el comedimiento de las autoridades al querer regular y controlar el funcionamiento de los locales de ocio y entretenimiento homosexual; sin embargo, los usos y recursos abusivos de antaño a los cuales algunos medios de comunicación han estado acostumbrados con el fin de obtener noticias, contradice las garantías constitucionales, que las autoridades deben respetar y hacer respetar, más allá del afán de prevenir o generar riesgo en los empresarios, para cumplir la Ley.

Asimismo, creemos que es importante que todos los demás empresarios y comercios GLTB del país, regularicen su estatus y situación con entidades del Estado (municipios, ministerios, intendencias y SRI) con la información completa y legal, que dé garantías a sus clientes y amparados en lo que la Constitución avala para la diversidad sexual, pero también en doble vía, con las disposiciones orientadas a salvaguardar a los clientes y consumidores:

Título II, Derechos, Capítulo tercero, Sección novena de Personas usuarias y consumidoras, Art. 52:
Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características.

Advertimos finalmente que para evitar arbitrariedades y mejorar las relaciones con el Estado, así como otros objetivos culturales o sociales, los locales y negocios GLTB deben organizarse en gremios de comercio y turismo, que les proteja y reivindique.

Fundación de Amigos por la Vida, FAMIVIDA – www.famivida.org
Fundación Ecuatoriana Equidad – www.equidadecuador.org
Gayecuador.com – www.gayecuador.com
Igualdad de Derechos Ya – www.igualdadlgtb.blogspot.com
Quitogay.net – www.quitogay.net

1 comentario:

Anónimo dijo...

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