miércoles, 7 de octubre de 2009

Los colectivos GLTB del país denunciamos las violaciones constitucionales de ciertos representantes religiosos

Quito, 08 de octubre de 2009


Los colectivos de gays, lesbianas, transgénero y bisexuales del Ecuador ante los recientes pronunciamientos y ataques de parte de ciertos representantes religiosos del país, en relación al ejercicio de derechos y de ciudadanía que han realizado algunas personas GLTB respecto a la legalización de sus uniones de hecho, consagradas en la actual Carta Magna (Art. 68), denunciamos que éstos constituyen una violación a la Constitución nacional aprobada por una mayoría de ecuatorianos, y que se suma a la negligencia de funcionarios públicos como ciertos notarios, quienes han obstaculizado el ejercicio de este derecho.

Desde la publicación en una investigación periodística en revista Vistazo (No. 1009, 03-09-09), que detalló los casos de uniones de hecho registrados en algunas notarías del país, por parte de personas del mismo sexo, algunos pastores evangélicos y católicos han emitido pronunciamientos de carácter homofóbico que transgreden nuestros derechos como ciudadanos, porque incitan en la opinión pública, a mantener actitudes discriminatorias hacia las personas GLTB, lo cual es anticonstitucional (Art. 11 de la Constitución), pretendiendo coartar nuestro libre ejercicio del derecho a la intimidad, buen nombre, honra y dignidad, consagrados también en la Carta Suprema (Art. 66).

Destacamos el carácter laico del Estado ratificado en la Constitución vigente, y la supremacía de la misma por sobre preceptos religiosos, que atañen exclusivamente al fuero privado de las personas, que es la libertad de fe y creencias. En ese sentido, los pronunciamientos religiosos buscan incitar al desorden y desacato a la autoridad y la Ley Superior cuando se dice que la Carta Magna está por debajo de la Biblia. También, cuando estos religiosos han apuntado que el dar paso a nuestros derechos implica, del mismo modo, una “desviación” sexual. Estas incitaciones constituyen una clara violación constitucional y configuran lo que se denomina “delitos de odio” (Art. 450 innumerado, Código Penal vigente).

Negligencia de ciertos notarios: En este contexto, también se ha dado el caso que ciertos notarios se han negado a registrar las uniones de hecho de algunos ciudadanos GLTB alegando la falta de una ley específica. Esta interpretación es incorrecta y restringe el ejercicio de los derechos. Además, como funcionarios públicos que son deben interpretar la Constitución de la forma que más favorezca a su ejercicio eficaz; es decir, aplicar el precepto constitucional directamente y de forma inmediata.

Finalmente, incitamos a todas y todos los funcionarios públicos, a los medios de comunicación y ciudadanía en general, a que manejen la temática GLTB como un proceso de reivindicación de derechos humanos por siglos denigrada, descalificada y condenada.

Igualdad de Derechos Ya, Fundación Ecuatoriana Equidad, Organización Ecuatoriana de Mujeres Lesbianas, Grupo País Canela.

(02) 2544337 – 099705132 – 092529887 - 091434348

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